¿Qué debes tener en cuenta para arrendar un inmueble comercial?

Conocer la norma te facilitará el proceso en el momento que quieras disponer de la propiedad.

Con base en lo que dice el Código de Comercio sobre arrendamiento de locales Comerciales, queremos destacar las siguientes situaciones para que las tengas en cuenta en el momento de arrendar tu local comercial.

Lo principal que debes saber es que el contrato se puede renovar con algunas excepciones. El Código de Comercio es muy claro en su Libro Tercero, Título I, Capítulo I, Artículo 518, cuando dice que:El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no menos de dos años consecutivos un inmueble con un mismo establecimiento de comercio, tendrá derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo, salvo en los siguientes tres casos:

1. Cuando el arrendatario haya incumplido el contrato.
2. Cuando el propietario necesite los inmuebles para su propia habitación o para un establecimiento suyo destinado a una empresa sustancialmente distinta de la que tuviere el arrendatario.
3. Cuando el inmueble deba ser reconstruido, o reparado con obras necesarias que no puedan ejecutarse sin la entrega o desocupación, o demolido por su estado de ruina o para la construcción de una obra nueva.
 

Se pueden cambiar las condiciones del contrato

El arrendatario puede esperar a que se renueve automáticamente el contrato o por solicitud propia. Sin embargo, si el arrendador desea cambiar las condiciones e informa con mínimo seis meses de anterioridad, no está violando lo estipulado en el Artículo 518 y queda a decisión del inquilino si toma de nuevo el inmueble o hace entrega de la propiedad al finalizar el contrato.

La venta del local no es justificación para terminar el contrato.

Esto en el caso de que se hayan cumplido los dos años, como mencionamos anteriormente, y el inmueble se haya renovado automáticamente por falta de aviso del propietario seis meses antes de la culminación.En este caso de renovación automática y, sí usted como propietario piensa vender el local, lo que puede hacer es ceder el contrato al nuevo propietario para que el nuevo arrendatario lo acepte como arrendador.

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